Decreto 3594 de 1982 · Por el cual se reglamentan los literales h) y m) del artículo 2° del Decreto-ley 129 de 1976.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º . Se considera coproducción cinematográfica colombiana de largometraje la que reúna los siguientes requisitos
a)
Que sea producida conjuntamente por empresas cinematográficas colombianas y extranjeras;
b)
Que la participación económica nacional no sea inferior al 50%, y
c)
Que el personal técnico y artístico que intervenga en ella sea colombiano en un 50% por lo menos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.