Los Inspectores de Asuntos Campesinos se denominarán Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, pero éstos conocerán de todos los negocios que las disposiciones legales asignan a aquellos, además de las funciones propias del cargo.
Decreto 658 de 1974 →Vigente
Artículo 42
Los Inspectores De Asuntos Campesinos Se Denominarán Inspectores De Trabajo Y Seguridad Social, Pero Éstos Conocerán De Todos Los Negocios Que Las Disposiciones Legales Asignan A Aquellos, Además De Las Funciones Propias Del Cargo
Decreto 658 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.