Micelio

Artículo 1

Autorízase A La Dirección General De Aduanas Para Que, Dentro De Las Normas Establecidas En La Sección Vi De La Ley 79 De 1931, Código De Aduanas Permita Al Fondo Rotatorio De La Armada Recibir En Consignación Todas Clase De Partes, Piezas Y Repuestos Para Reparación, Mantenimiento Y Servicio De Buques

Decreto 1973 de 1966 · Por el cual se ponen en vigencia algunas disposiciones de la Sección VI del Código de Aduanas en desarrollo del Astillero Naval del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase a la Dirección General de Aduanas para que, dentro de las normas establecidas en la Sección VI de la Ley 79 de 1931, Código de Aduanas permita al Fondo Rotatorio de la Armada recibir en consignación todas clase de partes, piezas y repuestos para reparación, mantenimiento y servicio de buques.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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