El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1050 de 2011, con excepción de lo dispuesto en el artículo 37 del presente decreto y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2012.
Artículo 39
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto 1050 De 2011, Con Excepción De Lo Dispuesto En El Artículo 37 Del Presente Decreto Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 2012
Decreto 842 de 2012 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.