Los profesores serán nombrados por el Ministerio de Guerra a propuesta de la Dirección General de Aviación. Los profesores militares se seleccionarán entre los Oficiales que demuestren mayor inclinación, capacidad y conocimientos en el desempeño de esta labor, y se encomendará tal tarea, de preferencia, a los Oficiales de planta de la Base Escuela, lo cual se tendrá en cuenta para hacer la elección y el nombramiento de estos, o dentro de Oficiales que hayan hecho cursos superiores. VI Junta Calificadora
Decreto 822 de 1939 →Vigente
Artículo 19
Los Profesores Serán Nombrados Por El Ministerio De Guerra A Propuesta De La Dirección General De Aviación
Decreto 822 de 1939 · Por el cual se reglamentan los estatutos y las condiciones de admisión de los alumnos de la Base-Escuela de aviación Militar Ernesto Samper
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.