Micelio

Artículo 10

Secretaría Técnica

Decreto 2561 de 1993 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría Técnica. El Director de Desarrollo Urbano ejercerá la Secretaria Técnica del Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable y tendrá las siguientes funciones

a)

Citar a los miembros del Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable a sus sesiones ordinarias o extraordinarias;

b)

Distribuir entre los miembros del Consejo Superior de Desarrollo Urbano. Vivienda Social y Agua Potable el orden del día y los correspondientes documentos de estudio;

c)

Presentar a consideración para la aprobación del Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable los documentos preparados por otras entidades públicas o privadas que se alleguen a los respectivos Comités Sectoriales o Técnicos del Viceministerio de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable;

d)

Distribuir a las Direcciones y a los Comités Sectoriales o Técnicos del Viceministerio de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable las sugerencias y recomendaciones efectuadas por el Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable

e)

Distribuir las recomendaciones efectuadas por el Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable entre las entidades públicas y privadas que estén representadas en el Consejo o interesadas en el tema;

f)

Levantar el acta de cada sesión, que contendrá las propuestas presentadas, deliberaciones, sugerencias. recomendaciones y las conclusiones respectivas, las cuales deberán ser sometidas consideración del Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable para su aprobación en la siguiente reunión y suscritas por quien preside la sesión y el Secretarlo Técnico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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