Micelio

Artículo 5

Ley 721 de 2001 · por medio de la cual se modifica la Ley 75 de 1968.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de adulteración o manipulación del resultado de la prueba, quienes participen se harán acreedores a las sanciones penales correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 721 de 2001