Contratos . El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, deberá identificar los contratos, convenios, acuerdos y procesos de contratación en curso que, por su objeto, deban continuar ejecutándose por parte de la Agencia de Renovación del Territorio. Para tal efecto, los representantes legales de estas entidades, suscribirán un acta con la relación de los contratos y formalizarán las respectivas subrogaciones, en un tiempo no superior a dos (2) meses contados desde la entrada en vigencia del presente decreto. Estos contratos continuarán ejecutándose en los términos en que hubiesen sido suscritos. La documentación relacionada con cada uno de dichos contratos y convenios deberá entregarse a la Secretaria General de la Agencia de Renovación del Territorio mediante acta y debidamente foliada en el término que acuerden los representantes legales de las dos (2) entidades sin que exceda el plazo establecido en el artículo 32 del presente decreto.
Los contratos que se hayan suscrito por la Dirección de Gestión Territorial y por la antigua Unidad Administrativa para la Consolidación Territorial que se encuentren terminados y de acuerdo con lo dispuesto por el Estatuto de Contratación requieran liquidación, serán liquidados por la Agencia de Renovación del Territorio.