Micelio

Artículo 21

Decreto 592 de 1955 · Por el cual se aprueban unos Estatutos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones y obligaciones especiales del Gerente

a)

Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva.

b)

Dirigir las actividades técnicas y comerciales de la institución, sometiendo a la consideración de la Junta los asuntos que requieran su aprobación, según lo determinen los Estatutos o las resoluciones de la misma Junta.

c)

Autorizar o celebrar los contratos cuya cuantía no exceda de y ejecutar los aprobados por la Junta Directiva.

d)

Someter a la consideración de la Junta Directiva los proyectos de negocios relativos a adquisición de inmuebles, con todos sus antecedentes legales y comerciales que sean necesarios, para elevarlos a escritura pública una vez que la Junta les imparta su aprobación. En las escrituras públicas correspondientes deberá insertarse copia de la respectiva resolución de la Junta Directiva.

e)

Ordenar todos los negocios y gastos de la institución, de acuerdo con los planes adoptados por la Junta Directiva.

f)

Disponer lo conducente a la eficiente organización de la contabilidad y control de todos los negocios y actividades.

g)

Velar por el cumplimiento de las instrucciones que imparta la Auditoría Fiscal de la institución y cumplir sus recomendaciones. b) Nombrar todo el personal de empleados para cuya designación sea autorizado por resolución de la Junta Directiva. i) Suspender en el ejercicio de sus funciones a cualquier empleado cuyo nombramiento corresponda o se reserve la Junta Directiva, en los casos en que considere urgente la suspensión, sometiendo el caso a la consideración de la Junta Directiva tan pronto se reúna. j) Constituir los apoderados judiciales o extrajudiciales que juzgue necesarios para la defensa de los intereses de la institución, previa consulta con la Junta Directiva. k) Presentar a la consideración de la Junta los proyectos de organización y desarrollo de las actividades de la institución. l) Asistir a las reuniones de la Junta Directiva, con voz pero sin voto, y solicitar la reunión de esa entidad cuando considere urgente su convocatoria. ll) Presentar a la Junta Directiva en la primera reunión de cada mes, un informe relativo a la marcha de las actividades en el mes inmediatamente anterior. m) Presentar a la Junta Directiva un informe anual sobre la ejecución y desarrollo de las actividades en el año anterior, con las sugerencias y recomendaciones que estime convenientes para el mejor éxito de las operaciones y de los servicios. En dicho informe el Gerente deberá considerar la situación financiera de la institución, su posible movimiento de entradas y gastos en el año siguiente, los proyectos a desarrollar con los cálculos de inversiones para nuevos equipos y servicios, edificios, mejoras, repuestos, materiales, elementos, etc., y las posibles utilidades o pérdidas en el aspecto comercial de las actividades de la institución. n) Velar porque la institución cumpla su objeto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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