º Los alumnos de que trata el artículo 7.º del Decreto 1404 de 1908, que no hubieren otorgado la fianza a que están obligados, confirme a dicha disposición, procederán a hacerlo inmediatamente, para lo cual se les señala el preciso término de diez días, contados desde la publicación de este decreto, y caso que no lo hagan serán dados de baja, previo el correspondiente aviso del Director del Taller.
Decreto 127 de 1909 →Vigente
Artículo 3
Los Alumnos De Que Trata El Artículo 7
Decreto 127 de 1909 · Por el cual se reorganiza el Taller Nacional de Artes Mecánicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.