°. Facúltase al Gobierno Nacional para reglamentar las investigaciones administrativas que se adelantan en el Ministerio de Comunicaciones por pérdidas, extravíos, expoliaciones, despojo, etc., de cualquier clase de envíos postales.
Decreto 1349 de 1953 →Vigente
Artículo 3
Facúltase Al Gobierno Nacional Para Reglamentar Las Investigaciones Administrativas Que Se Adelantan En El Ministerio De Comunicaciones Por Pérdidas, Extravíos, Expoliaciones, Despojo, Etc
Decreto 1349 de 1953 · Por el cual se suspende el efecto de los artículos 75 y 78 de la Ley 167 de 1941
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.