Micelio

Artículo 20

El Fondo Rotatorio De Prevención, Represión Y Rehabilitación, Del Consejo Nacional De Estupefacientes Será El Encargado De Financiar La Ejecución De Las Políticas Del Consejo Nacional De Estupefacientes, Los Programas De Prevención, Control Y Asistencia En Materia De Farmacodependencia Y Vigilancia Farmacológica, Entre Otros, Y El Funcionamiento De La Dirección Nacional De Estupefacientes

Decreto 494 de 1990 · por el cual se expiden normas sobre el Consejo Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones conducentes al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Fondo Rotatorio de Prevención, Represión y Rehabilitación, del Consejo Nacional de Estupefacientes será el encargado de financiar la ejecución de las políticas del Consejo Nacional de Estupefacientes, los programas de prevención, control y asistencia en materia de farmacodependencia y vigilancia farmacológica, entre otros, y el funcionamiento de la Dirección Nacional de Estupefacientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 494 de 1990