Micelio

Artículo 12

Ley 31 de 1929 · POR LA CUAL SE REFORMA EL CÓDIGO ELECTORAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las corporaciones electorales que deben actuar en el mes de enero de 1931, formaran los censos prescindiendo de todos los individuos que no hayan solicitado la expedición de su cedula.

Pero estos podrán reclamarla y obtenerla en el término hábil de reclamo que señala la Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1929