Micelio

Artículo 1

Decreto 85 de 1906 · Por el cual se crean unas oficinas y se aumenta una asignación en el Ramo Postal y telegráfico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Créanse las oficinas postales y telegráficas (en la línea de Orocué) que en seguida se expresan, cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro: Corrales, Departamento de Tundama. Un Telegrafista Administrador de Correos $ 20 Un Cartero 4 Mongua, Departamento de Tundama. Un Telegrafista Administrador de Correos 20 Un Cartero 4 Gámeza, Departamento de Tundama Un Telegrafista Administrador de Correos 20 Un Cartero 4 Labranzagrande, departamento de Tundama , Un Telegrafista Administrador de Correos 35 Un Cartero 6

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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