Micelio

Artículo 10

Modificación Del Artículo 2

Decreto 2640 de 2022 · por el cual se modifican los Decretos 1069 de 2015 Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, 1078 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y 1080 de 2015 Único Reglamentario del Sector Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificación del artículo 2.2.5.8.2,. del Decreto 1078 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Modifíquese el artículo 2.2.5.8.2., del Decreto 1078 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el cual quedará así: Artículo 2.2.5.8.2. Contraprestación por la licencia para el servicio de radioaficionado. La licencia para el desarrollo y ejercicio del servicio de radioaficionado-, en cualquiera de las categorías, dará lugar, por parte del titular, al pago de una contraprestación anual equivalente a cero coma ochocientos setenta y siete (0,877) UVT. Este mismo valor anual deberá ser cancelado por el titular por concepto de la prórroga o renovación de la licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2640 de 2022