Micelio

Artículo 2

Ley 104 de 1938 · por la cual se fomenta el establecimiento de la “Casa del Niño” y se decreta un auxilio para la que está fundándose en la ciudad de Barranquilla.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirá el mencionado auxilio a la Casa del Niño de Barranquilla. Igualmente se incluirá una partida global para atender a los demás auxilios a que se refiere la presente Ley.

En caso de que no se haga tal inclusión, queda facultado el Gobierno para abrir los créditos que sean necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 104 de 1938