La Comisión de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores estará integrada por el Subsecretario de Asuntos Administrativos, quien la presidirá; por el Jefe de la Oficina Jurídica, por el Subsecretario de Asuntos Consulares y Migración, por el Jefe de Personal y por un representante de los funcionarios pertenecientes a la Carrera Administrativa. El Jefe de la División de Personal actuará como Secretario de la misma y redactará las actas correspondientes, las cuales tendrán carácter reservado.
Ley 33 de 1990 →Vigente
Artículo 108
De La Comisión De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores
Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.