Artículo segundo. Queda facultado el Gobierno Nacional para establecer mediante traslados dentro del presupuesto de gastos del Ministerio de Salud Pública y por medio de decreto ejecutivo, las apropiaciones necesarias para el cumplimiento de los compromisos a que se refieren el presente Decreto y el Decreto legislativo número 1679 antes citado.
Decreto 2459 de 1954 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2459 de 1954 · Por el cual se adiciona el Decreto legislativo número 1679 de 1954, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.