INFORMES DE PROGRESO. Los organismos y entidades enviarán al Director General del Presupuesto, al Contralor General de la República y al Comité de Control del Gasto Público por Servicios Personales, dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente al que termina, la certificación del valor causado por servicios personales, con indicación de las variaciones porcentuales, y un informe sobre la evolución de sus gastos y la forma como avanzan hacia la meta fijada, acompañado de cuadros que muestren las vacancias que se hayan producido y provisto en el mes.
Decreto 3049 de 1986 →Vigente
Artículo 12
Decreto 3049 de 1986 · por el cual se limita y racionaliza el gasto público por concepto de servicios personales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.