Micelio

Artículo 7

O

Decreto 2257 de 1995 · por el cual se ordena la emisión de títulos de deuda pública interna de la nación, títulos de Tesorería -TES- clase B.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o . Las emisiones de los títulos de tesorería-TES-clase B, así como los cupones que representan los rendimientos de los mismos, podrán ser depositados y administrados en depósitos centralizados de valores. En el evento en que el inversionista requiera materializar el principal o el cupón por emisión inicial o posterior, deberá sufragar el costo respectivo, que será determinado por Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2257 de 1995