Micelio

Artículo 4

Ley 7 de 1912 · Sobre embarcaciones para el celo de contrabandos, y por la cual se da una autorización al Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las demás cantidades que demande el cumplimiento de esta Ley se considerarán incluidas en el Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 7 de 1912