º . Reuniones del Comité Nacional de Recreación del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes. El Comité Nacional de Recreación del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, se reunirá de manera ordinaria bimensualmente durante los diez (10) primeros días, previa citación realizada por la Secretaría del Comité y de manera extraordinaria, cuando las circunstancias lo exijan.
Decreto 785 de 2006 →Vigente
Artículo 4
Decreto 785 de 2006 · por el cual se reglamenta el Comité Nacional de Recreación del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.