°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 43 del Decreto 1227 de 2005.
Decreto 2809 de 2010 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Artículo 43 Del Decreto 1227 De 2005
Decreto 2809 de 2010 · por el cual se modifica el Decreto 1227 de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.