º Las autoridades competentes deberán elaborar un estudio y reglamentación del área de influencia de la Capilla de Siecha, en el cual se determinen tipos de intervención posible, con el fin de mantener la unidad y características del conjunto.
Decreto 604 de 1991 →Vigente
Artículo 3
º Las Autoridades Competentes Deberán Elaborar Un Estudio Y Reglamentación Del Área De Influencia De La Capilla De Siecha, En El Cual Se Determinen Tipos De Intervención Posible, Con El Fin De Mantener La Unidad Y Características Del Conjunto
Decreto 604 de 1991 · por el cual se declara Monumento Nacional, la Capilla de Siecha, en el Municipio de Guasca, Cundinamarca, y se delimita su área de influencia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.