Micelio

Artículo 3

º Las Autoridades Competentes Deberán Elaborar Un Estudio Y Reglamentación Del Área De Influencia De La Capilla De Siecha, En El Cual Se Determinen Tipos De Intervención Posible, Con El Fin De Mantener La Unidad Y Características Del Conjunto

Decreto 604 de 1991 · por el cual se declara Monumento Nacional, la Capilla de Siecha, en el Municipio de Guasca, Cundinamarca, y se delimita su área de influencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las autoridades competentes deberán elaborar un estudio y reglamentación del área de influencia de la Capilla de Siecha, en el cual se determinen tipos de intervención posible, con el fin de mantener la unidad y características del conjunto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 604 de 1991