Artículo único. A partir del primero de abril del presente año, el personal; y las asignaciones de la Zona de Carreteras Nacionales de Villavicencio, serán los siguientes: Dirección: Un, Ingeniero Jefe $ 1.100.00 Un Ingeniero Ayudante 800.00 Un Secretario Mecanógrafo 300.00 Cuatro Inspectores, cada uno 350.00 Caja: Un Cajero Pagador $ 450.00 Un Cajero Auxiliar 250.00 Contabilidad y estadística: Un Contador 400.00 Un Jefe de Personal y Kárdex 250.00 Una Mecanógrafa 150.00 Almacén: Un Almacenista General 400.00 Un Contador de Almacén 350.00 Un Subalinacenista 300.00 Sanidad: Un Médico Jefe 700 Un Farmacéutico Enfermero 350.00 Tres Oficiales de Sanidad cada uno 200.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 1574 de 1950 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1574 de 1950 · Por lo cual se reorganizan la Zonas de Carreteras Nacionales de Villavicencio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.