°. Reconocimiento de cuotas partes o cupones de bonos especiales tipo T. El reconocimiento de la cuota parte o cupón de bono pensional especial tipo T se hará por medio de un acto administrativo cuya copia se enviará al ISS, o a quien haga sus veces, para que esa entidad pueda proceder a otorgar la pensión. Las cuotas partes o cupones a cargo de las entidades cuotapartistas del bono pensional especial tipo T se calcularán de acuerdo con el artículo 21 del Decreto 1748 de 1995.
Decreto 4937 de 2009 →Vigente
Artículo 5
Reconocimiento De Cuotas Partes O Cupones De Bonos Especiales Tipo T
Decreto 4937 de 2009 · por el cual se modifica el artículo 45 del Decreto 1748 de 1995, se crean y se dictan normas para la liquidación, reconocimiento y pago de unos bonos especiales de financiamiento para el ISS.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.