Micelio

Artículo 1

Háncense Los Siguientes Traslados Dentro Del Presupuesto De Apropiaciones De La Vigencia En Curso: Contracréditos

Decreto 3583 de 1948 · Por el cual se aprueba el Decreto número 496 de 1948 (octubre 3) dictado por el Jefe Civil y Militar de Boyacá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Háncense los siguientes traslados dentro del presupuesto de apropiaciones de la vigencia en curso: Contracréditos. Del artículo 182. Para incrementar el Fondo Rotatorio de Fomento, así: De saldo en Caja $ 5.000.00 De venta de bonos 35.000.00 $ 40.000.00 Del artículo 190. Para adquisición de maquinaria y dotación de la Fábrica de Licores, así: De saldo en caja $ 52.000.00 De venta de bonos 133.300.00 185.300.00 Del artículo 193. Para vías, construcciones escolares, etc., del Territorio de Casanare. así: De saldo en Caja $ 14.005.00 De venta de bonos 183.296.38 197.301.38 Del artículo 191. Para vías, construcciones escolares, etc., del Territorio Vásquez. De saldo en Caja. 50.000.00 Del artículo 195. Para fomento de los campos de aviación en el Departamento. De venta de bonos 40.000.00 Del artículo 199. Para consolidación de la deuda pública. De venta de bonos 11.408.64 Del artículo 201. Para auxilio, a la Caja, de Previsión Social. De venta de bonos 39.466.85 Del artículo 202. Para incrementar el capital del Almacén de Provisiones. De venta de bonos 20.000.00 Del artículo 203. Para sostenimiento del Departamento Técnico de Planificación del Progreso de Boyacá. De venta de bonos 199.000.00 Créditos. Al artículo 192. Para ensanche de la red telefónica de Boyacá. Saldo en Caja $ 110.136.56 Al artículo 204. (Nuevo). Para suscripción de acciones del Departamento en la Siderúrgica de Paz de Rio, así: En Caja $ 10.868.44 En bonos 61.471.87 672.340.31 Suma iguales $ 782.476.87 $ 782.476.87

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3583 de 1948