Micelio

Artículo 2

Decreto 3113 de 1955 · Por el cual se crea un cargo y se hace un nombramiento en el Ministerio de Obras Públicas, ramo de Interventorías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Para desempeñar el cargo de Ingeniero Interventor de las obras contratadas con la firma Isein Limitada, para la construcción de la carretera Borbur-Puerto Nare, creado por el artículo anterior, nómbrase al señor Julio González Concha.

Parágrafo

El doctor González Concha, antes de posesionarse, deberá constituír a favor de la Nación la fianza que le señale la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3113 de 1955