Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1° De Enero De 1988, Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Área Técnico-Científica Del Instituto Nacional De Investigaciones Geológico-Mineras Ingeominas: Grado Asignación Básica $ 01 100

Decreto 110 de 1988 · por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del área Técnico-Científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras Ingeominas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 1° de enero de 1988, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del área Técnico-Científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras Ingeominas: GRADO Asignación básica $ 01 100.400 02 105.800 03 112.200 04 117.300 05 119.300 06 126.500 07 132.900 08 142.400 09 151.700 10 163.600

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 110 de 1988