°. Modificación del artículo 1.6.2.3.6 del Capítulo 3, Título 2, Parte 6 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016. Modifíquese el artículo 1.6.2.3.6 del Capítulo 3, Título 2, Parte 6 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, el cual quedará así: “Artículo 1.6.2.3.6. Administración y disposición de los bienes recibidos en dación en pago. Para efectos de la aceptación, recepción, administración, contabilización y disposición de los bienes recibidos en dación en pago, se atenderá lo dispuesto en el Capítulo 4, Título 2, Parte 6 del Libro 1 del presente decreto”.
Decreto 2091 de 2017 →Vigente
Artículo 1
Modificación Del Artículo 1
Decreto 2091 de 2017 · por el cual se modifica el Capítulo 3, se sustituye el Capítulo 4 y se adiciona el Capítulo 8 del Título 2, Parte 6 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar los artículos 838 y 840 del Estatuto Tributario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.