Elección : Las elecciones a las que se refiere el artículo anterior se ajustarán a las siguientes disposiciones
El voto se hará mediante el sistema de papeleta, en forma secreta;
Los electores sólo podrán votar por un candidato. En caso de resultar un mayor número de votos respecto del número de asistentes, al azar, se anularán los votos sobrantes;
Los resultados de la elección se definirán por la mayoría absoluta. Se repetirá la votación por una sola vez en caso de que no sea posible obtener la decisión, entre quienes depositaron su voto, caso en el cual se suspende el término previsto en el inciso primero del artículo anterior. En caso de empate, después de repetida la votación, se aplicarán las normas previstas en el Código Electoral.