Otras remuneraciones. De conformidad con el artículo 6 del Decreto 181 de 2019, modificado por el Decreto 853 de 2019, los servidores que ocupaban los empleos de Alto Consejero Presidencial, código 1180 y Director de la Presidencia I o II en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y accedieron al empleo de Consejero Presidencial, código 1175, continuarán con la remuneración mensual que percibían a 31 de diciembre de 2021, reajustada en siete punto veintiséis por ciento (7.26%) y con los demás beneficios salariales y prestacionales que se les viene reconociendo, hasta que cambien de empleo o se retiren del servicio. El Jefe del Área de Talento Humano o quien haga sus veces en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, debe efectuar los respectivos ajustes ordenados en el presente Decreto, en la siguiente nómina de pago.
Decreto 472 de 2022 →Vigente
Artículo 17
Otras Remuneraciones
Decreto 472 de 2022 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial. El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.