Micelio

Artículo 8

Los Miembros Del Congreso Y De Las Asambleas Departamentales No Tendrán Sueldo Permanente, Sino Asignaciones Diarias Durante El Término De Las Sesiones

Decreto 247 de 1957 · Sobre plebiscito para una reforma constitucional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los miembros del Congreso y de las Asambleas Departamentales no tendrán sueldo permanente, sino asignaciones diarias durante el término de las sesiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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