Micelio

Artículo 3

Durante El Día 11 De Marzo De 1984, El Anterior Y Posterior, Queda Prohibido El Expendio De Bebidas Embriagantes En Todo El Territorio Nacional

Decreto 413 de 1984 · Por el cual se dictan normas con motivo de las elecciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 3º Durante el día 11 de marzo de 1984, el anterior y posterior, queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes en todo el territorio nacional.

Parágrafo

El Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá y los Alcaldes Municipales podrán, por razones de conveniencia y dando previo aviso al Ministerio de Gobierno, anticipar o prorrogar en el tiempo, la prohibición a que se refiere el presente artículo,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 413 de 1984