Micelio

Artículo 4

Duración

Decreto 1918 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco Tequendama.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Duración . La duración de la sociedad será de cincuenta (50) años, contados a partir de la fecha de la escritura de constitución, pero podrá disolverse extraordinariamente antes del vencimiento de dicho término. Así mismo, éste podrá ser prorrogado de acuerdo con la ley o con los estatutos.

Parágrafo

Se entiende incorporada a estos estatutos la autorización otorgada por el Superintendente Bancario a la sociedad para efectuar negocios bancarios hasta el 30 de junio de 2010, según autorización mediante Resolución número 2345 de junio 29 de 1990, la cual fue protocolizada mediante Escritura pública número 3947 del 15 de julio de 1990 de la Notaría 18 del Círculo de Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1918 de 1991