Micelio

Artículo 123

Ley 167 de 1941 · Sobre organización de la jurisdicción Contencioso-administrativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las condenaciones de otro orden, en favor o en contra de la Administración, se regirán por las reglas del Capítulo 19, Titulo XV, del Código Judicial. La competencia la tienen los Jueces ordinarios, según las disposiciones comunes.

Del procedimiento ordinario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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