La Dirección General de Aduanas dispondrá los lugares exactos donde se ubicarán las oficinas aduaneras de control en los Municipios de Maicao, Uribia y Manaure que conforman la zona de régimen aduanero especial, asignará el personal y los horarios de atención, realizará los programas de fiscalización que permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Decreto y desarrollará los procedimientos especiales que en el mismo se establecen. De igual manera, la Dirección General de Aduanas podrá establecer como mecanismo de control, listas con precios de referencia de las mercancías que se comercian en la zona.
Artículo 13
La Dirección General De Aduanas Dispondrá Los Lugares Exactos Donde Se Ubicarán Las Oficinas Aduaneras De Control En Los Municipios De Maicao, Uribia Y Manaure Que Conforman La Zona De Régimen Aduanero Especial, Asignará El Personal Y Los Horarios De Atención, Realizará Los Programas De Fiscalización Que Permitan Verificar El Cumplimiento De Las Obligaciones Contempladas En El Presente Decreto Y Desarrollará Los Procedimientos Especiales Que En El Mismo Se Establecen
Decreto 1606 de 1992 · por el cual se reglamenta un tratamiento preferencial en materia aduanera para los Municipios de Maicao, Uribia y Manaure.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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