Micelio

Artículo 2.3.4.1.3

Recursos Del Fepc

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recursos del FEPC. Los recursos necesarios para el funcionamiento del FEPC provendrán de las siguientes fuentes

a)

Los rendimientos de los recursos que conformen el Fondo;

b)

Los recursos de crédito que de manera extraordinaria reciba del Tesoro;

c)

Los recursos del Presupuesto General de la Nación a favor del Fondo;

d)

La contribución parafiscal al combustible;

e)

Bonos u otros títulos de deuda pública que emita la Nación a favor del FEPC, con el fin de cubrir las obligaciones a cargo del Fondo.

Parágrafo

Los saldos adeudados por el FEPC en virtud de los créditos extraordinarios que otorgue el Tesoro General de la Nación se podrán incorporar en el Presupuesto General de la Nación como créditos presupuestales, de acuerdo con lo establecido en el

Parágrafo 3

del artículo 218 de la Ley 1819 de 2016.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1068 de 2015