Micelio

Artículo 62

Transporte De Material En Bandas

Decreto 539 de 2022 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transporte de material en bandas . Para el transporte de material por el sistema de bandas; se debe dar cumplimiento a lo siguiente

1.

A todo operario que trabaje en una banda transportadora o cerca de. ella, se le darán instrucciones sobre manejo, colocación y forma de accionar los interruptores de parada y de arranque;

2.

Toda banda transportadora, debe estar provista de mecanismos de parada de emergencia a lo largo de todo su recorrido, las cuales deben ser señalizadas;

3.

Cuando se transporte material que genere material particulado, se debe tener control de estas emisiones, para evitar su dispersión hacia el lugar de trabajo o hacia la comunidad;

4.

En el punto de reintegro, se debe tener mecanismos raspadores que recojan el material sobrante, así como que retiren el material sobrante adherido a las bandas. De igual manera, se instalarán raspadores que impidan el paso del material hacia las poleas de dobles y cola, en el lado de retorno;

5.

Las cabezas motrices y los tambores de retorno de las bandas transportadoras deben conservarse limpios y protegerse con guardas de seguridad para que las partes móviles no sean causa de accidentes;

6.

Cerca de las cabezas motrices y tambores de retorno de las bandas transportadoras, deben colocarse mecanismos de combate contra incendios;

7.

Se prohíbe hacer reparaciones mientras la banda transportadora está en movimiento, salvo que se haya aislado el riesgo de contacto con la misma;

8.

Cuando la banda transportadora se encuentre en mantenimiento, debe estar provista de un sistema de etiqueta y bloqueo (candado) que evite el arranque imprevisto de la misma;

9.

Se prohíbe colocar herramientas, equipos o cualquier objeto sobre las bandas transportadoras, tanto en marcha, como paradas, excepto, en los casos de reparación;

10.

Cuando una herramienta cae o es enganchada por una banda transportadora en movimiento, se prohíbe tratar de recuperarla antes de accionar el cable de parada, y desconectar y cerrar el interruptor general;

11.

Cuando la banda esté parada o en movimiento, sólo se permitirá el paso de personal por encima o por debajo de ésta, en aquellos tramos que hayan sido protegidos con dispositivos para el tránsito seguro; y,

12.

No se debe transportar herramientas sobre las bandas o utilizar prendas sueltas (puños sueltos o camisas por fuera) cerca a las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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