Micelio

Artículo 2

El Profesional Especializado A Que Se Refiere El Artículo Anterior Estará Bajo La Inmediata Dirección Del Respectivo Ministro O Jefe De Departamento Administrativo Y Tendrá, Además De Las Que Por Ley Le Corresponden, Las Siguientes Funciones: A) Investigar Y Tramitar Las Denuncias Administrativas Que Se Presenten Contra Funcionarios Del Respectivo Organismo; B) Solicitar, Previa Autorización Del Jefe Del Respectivo Organismo, La Designación De Investigadores Especiales; C) Verificar Que Se Cumplan Los Trámites Ordenados Y Se Establezca La Veracidad En Las Investigaciones Disciplinarias Adelantadas Contra Funcionarios Del Respectivo Organismo; D) Explicar Y Sustentar, Ante La Comisión De Personal De Que Trata El Decreto 2400 De 1968, Los Hechos Y Conclusiones De La Investigación

Decreto 2447 de 1975 · Por el cual se provee a la mejor prestación de los servicios a cargo de la administración

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º El profesional especializado a que se refiere el artículo anterior estará bajo la inmediata dirección del respectivo ministro o Jefe de Departamento Administrativo y tendrá, además de las que por ley le corresponden, las siguientes funciones

a)

Investigar y tramitar las denuncias administrativas que se presenten contra funcionarios del respectivo organismo;

b)

Solicitar, previa autorización del Jefe del respectivo organismo, la designación de investigadores especiales;

c)

Verificar que se cumplan los trámites ordenados y se establezca la veracidad en las investigaciones disciplinarias adelantadas contra funcionarios del respectivo organismo;

d)

Explicar y sustentar, ante la Comisión de Personal de que trata el Decreto 2400 de 1968, los hechos y conclusiones de la investigación. Esta función deberá cumplirla de oficio o mediante citación de la referida comisión;

e)

A solicitud del Jefe del respectivo organismo, actuar como vocero en defensa de los intereses de la Administración, en las acciones y juicios promovidos por razón de las providencias que decreten la destitución y demás sanciones impuestas a los empleados y trabajadores oficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2447 de 1975