La remuneración por los servicios de las entidades de certificación serán establecidos libremente por éstas.
Ley 527 de 1999 →Vigente
Artículo 31
Remuneración Por La Prestación De Servicios
Ley 527 de 1999 · por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos,del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.