Si el demandado se opone, se abre a prueba el juicio por un término de diez días.
Si no se opone, o vencido el término probatorio, en su caso, el Juez resuelve dentro de los cinco días siguientes.
Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Si el demandado se opone, se abre a prueba el juicio por un término de diez días.
Si no se opone, o vencido el término probatorio, en su caso, el Juez resuelve dentro de los cinco días siguientes.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.