Infraestructura logística y personal de inspecciones de policía. En todos los casos el alcalde municipal dentro de los alcances de la Ley 1801 de 2016, deberá garantizar que las inspecciones de policía tengan una estructura logística y de personal, así como contratistas necesarios para el adecuado cumplimiento de sus labores. En este último caso podrá seleccionar los contratistas con base en los perfiles que solicite el Inspector de Policía o el Corregidor, así mismo podrá crear y organizar grupos de trabajo especializados debiendo en todo caso suministrar el apoyo logístico.
TEXTO CORRESPONDIENTE A