º La Contraloría General de la República dispondrá lo conveniente a fin de que la refrendación de los giros se haga en el término más breve posible para que la Tesorería pueda efectuar los pagos sin demora alguna.
Decreto 579 de 1959 →Vigente
Artículo 7
La Contraloría General De La República Dispondrá Lo Conveniente A Fin De Que La Refrendación De Los Giros Se Haga En El Término Más Breve Posible Para Que La Tesorería Pueda Efectuar Los Pagos Sin Demora Alguna
Decreto 579 de 1959 · Por el cual se reglamenta el recaudo del impuesto nacional a los licores destilados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.