Decreto 1543 de 1998 · por el cual se establecen algunas normas en relación con los procedimientos de cesión de contratos de afiliación y liquidación en el sistema general de seguridad social en salud.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Obligaciones de la entidad cesionaria . La entidad cesionaria deberá garantizar a los afiliados cedidos
1.
El acceso adecuado y oportuno a los servicios de salud, como mínimo en similares condiciones que venía ofreciéndolo la entidad cedente e informar a través de medios de amplia circulación y difusión regional a los afiliados sobre la red de prestadores y los puntos de atención a los usuarios.
2.
La continuidad de los tratamientos en curso.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.