Célense á la Universidad de Nariño veinte mil hectáreas de tierras baldías en el lugar que ella señale á orillas de la laguna La Cocha, y diez mil en la región denominada El Pum, destinadas al acrecimiento de los bienes y rentas de ese Instituto.
Cédense al Distrito de Pasto veinte mil hectáreas de tierras baldías en la misma zona de ia laguna La Cocha, destinadas á la fundación de colonias agrícolas y al fomento de la instrucción industrial en esa región.
La ubicación, mensura y alinderamiento de las tierras cedidas se llevarán á cabo de acuerdo entre el Gobierno y las entidades favorecidas, á costa de éstas y respetando los derechos adquiridos por cualesquiera actuales ocupantes. El Gobierno reglamentará la manera de hacer más benéfica la cesión á que se refiere este artículo.