Micelio

Artículo 209

Ley 106 de 1873 · Código Fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 209. Del despacho de todo cargamento destinado a la esportacion se formará un espediente, que constará :

1.° De los manifiestos presentados a la Aduana ;

2.° De las delijencias de reconocimiento, si lo hubiere ; i

3.° De un estado en que se clasificarán por artículos todos los cargamentos destinados a un mismo buque, con espresion del peso i estimacion de cada artículo, i del puerto o puertos de sus destinos. Estos espedientes serán remitidos a la Oficina de estadística nacional.

Disposiciones especiales para la Aduana de Cúcuta.

Formalidades para la conduccion de mercancías de Maracaibo a Cúcuta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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