Micelio

Artículo 4

Los Estatutos Del Fondo Rotatorio Ganadero De Las Fuerzas Armadas Y Sus Modificaciones Requerirán, Para Su Validez, La Aprobación Del Gobierno Nacional

Decreto 28 de 1957 · Por el cual se crea el Fondo Rotatorio y Ganadero de las Fuerzas Armadas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los estatutos del Fondo Rotatorio Ganadero de las Fuerzas Armadas y sus modificaciones requerirán, para su validez, la aprobación del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 28 de 1957