Art. 1.° Derógase en todas sus partes e1 Decreto de carácter legislativo número 1842 de 1902 (24 de Diciembre), por el cual se concede una facultad al Ministerio de Hacienda.
Decreto 42 de 1905 →Vigente
Artículo 1
Decreto 42 de 1905 · Por el cual se deroga el marcado con el número 1842 de 1902 (24 de diciembre)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.