ARTICULO 5º. El Estado Mayor General de las Fuerzas Militares será el organismo netamente Técnico encargo de la elaboración y preparación de los planes estratégicos relacionados con el empleo de las Fuerzas Militares en la defensa nacional.
Decreto 835 de 1951 →Vigente
Artículo 5
El Estado Mayor General De Las Fuerzas Militares Será El Organismo Netamente Técnico Encargo De La Elaboración Y Preparación De Los Planes Estratégicos Relacionados Con El Empleo De Las Fuerzas Militares En La Defensa Nacional
Decreto 835 de 1951 · Por el cual se dictan algunas medidas reorgánicas de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.